Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: TERMINADA la solicitud presentada por la ciudadana ELIZABETH DURAN DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.404.584, debidamente asistida por la abogada MARIA ALEJANDRA QUEVEDO ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.794.967, e inscrita en el Inpreabogado Nº 127.539, actuando en su carácter de madre del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de catorce (14) años de edad, quien nació el día 02/12/2005, según consta de la partida de nacimiento numero 1293, expedida por la Coordinación de Registro Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del estado Lara, e.....