DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la Apelación ejercida por el abogado MIGUEL ANGEL SALAZAR, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 91.943, apoderado judicial de la parte demandante recurrente, contra la decisión dictada en fecha 19 de marzo del 2013 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la sentencia de fecha 19 de marzo del 2013 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
TERCERO: No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza del fallo.-
Dada, firmada y sellada en la sede del Despacho de.....