En consecuencia y en razón de lo antes analizado, este JUZGADO EN FUNCION DE CONTROL Nº 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVAR, EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, SECCION ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la causa seguida al joven Carlos Alberto Lucart, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.998.935, nacido en San Félix, en fecha 16-02-86, hijo de los ciudadanos Marisol Lucart padre desconocido, residenciado en el Barrio Los Sabanales, calle Cecilio Acosta, casa N° 12-02, cerca de la Escuela Andrés Bello, en San Félix, Estado Bolívar; por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 451 en relación con el artículo 453 numeral 6 y 80 todos del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Aleida De Hernández. Todo de conformidad con lo dispuesto en el literal "e" del artículo 561 de la Ley .....