Se dictó auto de fundamentación de revocatoria de medida cautelar sustitutiva de la privativa de libertad en virtud de la incomparecencia del imputado a los actos y de incumplir con el régimen de presentaciones impuesto, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 236, 237 ordinal 4º de todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, en concordancia con lo previsto en el ordinal 1° del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.