Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara: PRIMERO: INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer la presente causa, en consecuencia, se declina la Competencia por el Territorio para conocer el presente asunto, a los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio incoado por los ciudadanos FRANKLIN EDUARDO ROSALES ROSALES, NOLBERTO ENRIQUE RAMOS GALÁN, JULIÁN BERMÚDEZ y EUDOCIO MORA ROSALES, contra la ciudadana CARMEN BECERRA MORALES, por considerar que es el competente. SEGUNDO: Se ordena una vez, que quede firme el presente fallo se remita inmediatamente mediante oficio el presente expediente para su distribución entre los Juzgados de Sustanci.....