MEDIACION POSITIVA. Se levantó acta de prolongaciòn de audiencia preliminar, mediante la cual se dejó constancia de la comparecencia de las partes,en la misma la parte actora Desistió del presente Procedimiento, siendo homologado por este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 265 del Código de Procedimiento Civil.