En consecuencia el recurso ejercido no prospera ya que desde el 2016 una de las co-actora dio a conocer información de la que el hoy accionante quiere valerse en el presente recurso de invalidación, operando aquí la caducidad de la acción de conformidad con lo establecido en el artículo 334 del Código de Procedimiento Civil
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INAMISIBLE la demanda por Invalidación de sentencia interpuesta el ciudadano Omar de Jesús Vera, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.554.451, actuando en su propio nombre con el carácter de recurrente y demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado B.....