DISPOSITIVA
Por todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero en función de Control, Audiencia y Medidas con competencia en materia de delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Tumeremo REVOCA, la Medida Cautelar Sustitutiva acordada a favor del imputado: HECTOR LEON FLORES, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V- 22.689.402; y en su lugar se DECRETA la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad del referido imputado quien quedará recluido en el Centro de Coordinación Policial nro. 7 de Tumeremo, a la orden de este Juzgado, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 236, 237 ordinal 4 de todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, en relación con lo previsto en el ordinal 1° del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.