Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta al folio 68, por el abogado VICENTE RAMOS CHACON, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad mercantil CONSTRUCCIONES CORMUR, C.A., parte actora, en el juicio que por RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO, sigue contra los ciudadanos FRANCISCO MURADAS BUGALLO y MARIA ESTHER LOPEZ DE MURADAS, respectivamente. En consecuencia se confirma el auto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Todo ello de conformidad con las disposiciones, legales, doctrinarias y jurisprudenciales ya citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Cód.....