PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Juan Castro, en su condición de apoderado judicial de la demandada, contra la sentencia dictada por el a quo en fecha 16/09/2016.
SEGUNDO: NULA la decisión dictada en fecha 16/09/2016, por el juzgado de instancia en virtud, de los argumentos expuestos en el presente fallo.
TERCERO: CON LUGAR la defensa opuesta por la sociedad mercantil Seguros Guayana, C.A. relativa a la caducidad legal, en base a los razonamientos aquí expuestos, en consecuencia, SIN LUGAR la acción de cumplimiento de contrato, incoada por la sociedad mercantil Multiservicios Gran Prix, C.A. en contra de la sociedad mercantil Seguros Guayana, C.A., todos plenamente identificados ut supra.
CUARTO: Se condena en costas del proceso a la parte actora, conforme a las previsiones del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.