Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior, Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le IMPARTE SU HOMOLOGACION de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, a la TRANSACCIÓN celebrada por los abogado Judith Parra y Manuel Cortes, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora sociedad mercantil Inmobiliaria Melial, C.A en su condición de mandataria de la sociedad de comercio HERRASTAMP, HERRAJES Y ESTAMPADOS C.A., y los abogados Estrella Morales y Omar Morales, en su carácter de apoderados judiciales de la empresa Pistacho Bakery, C.A., todo ello de conformidad con las disposiciones legales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj......