Dicho esto, y siendo la oportunidad correspondiente para pronunciarse sobre la admisión del recurso
de casación, se deja expresa constancia que: La sentencia fue dictada el día 06/09/2021, iniciándose así, el
lapso de diez (10) días de despacho para ejercer el mismo, vale indicar el día 24/09/2021, por cuanto el lapso
de los treinta (30) días para dictar sentencia en esta causa, venció en fecha 23/09/2021, y venciéndose el lapso
para el ejercicio del recurso de casación el día 07/10/2021, y el recurso de casación fue enviado vía correo
electrónico mediante diligencias de fechas 17 y 20/09/2021 y presentadas en físico en fecha 27/09/2021 por
ante la URDD NO PENAL de este Tribunal Superior, es decir dentro del lapso de Ley. En consecuencia a lo
antes expuesto, este tribunal superior ADMITE el referido recurso, por cuanto ha lugar en derecho de
conformidad con lo establecido en la sentencia No R.C. 00607, de la Sala de Casación Civil del Tribunal
Supremo de Justicia, de fecha 31/.....