DISPOSITIVA
En mérito de todas las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercicio por la parte demandada contra la sentencia definitiva dictada en fecha 04 de junio de 2021, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, y en consecuencia, declara la NULIDAD de dicho fallo, de conformidad con lo previsto en los artículos 209 y 244 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: SIN LUGAR en todas sus partes, la demanda que por Daños y Perjuicios, intentó el ciudadano LUIS FRANCISCO MILLÁN, en contra del ciudadano JESÚS RAMÓN QUINTERO PRIETO y el BANCO ROYAL VENEZOLANO, C.A.....