Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la RECUSACIÓN interpuesta por el abogado RICAHRD SIERRA, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano MARCOS ARAUJO, en el juicio principal, contra el juez temporal JUAN CARLOS TACOA, en su condición de Juez del Juzgado Primero de Primera instancia Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, surgida en el juicio que por DISOLUCION DE LA SOCIEDAD MERCANTIL sigue el ciudadano MARCOS ARAUJO contra el ciudadano FERNANDO MOYA LUIGGI. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales, jurisprudenciales y doctrinarias citadas, y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.