Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte solicitante debidamente asistida por el abogado José Gregorio Meignen, en la Solicitud de Notificación Judicial interpuesta por los ciudadanos María Álvarez, Simón Yegres, Rosa Dorta, Pedro Acuña, José Ríos y Susana Linares, todos plenamente identificados en los autos, en contra de la sentencia dictada por el tribunal a quo en fecha 17/04/2023.
Segundo: IMPROCEDENTE la solicitud de Notificación Judicial presentada por los ciudadanos María Álvarez, Simón Yegres, Rosa Dorta, Pedro Acuña, José Ríos y Susana Linares, todos plenamente identificados en los autos, de acuerdo a lo previsto en el artículo 935 del Código de Procedimiento Civil.
Tercero: Queda así CONFIRMADA la decisión recurrida con los motivos aquí expuestos, y por lo tanto se
Cuarto: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.