En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, de Tránsito y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por los ciudadanos CARLOS MORENO y JOSE CARLOS BLANCO, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 16.031 y 18.255, en ese orden, respectivamente, apoderados judiciales de la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 07/10/2015 (Fs. 111 al 138, P2), por el juzgado A quo.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de cumplimiento de contrato ejercida por el ciudadano JAVIER RAFAEL REYES DELGADO contra la SOC. MERC. CONSTRUCCIONES Y CONTRATO C.A. (CONYCON C.A.), identificados suficientemente en autos, en consecuencia, se condena a la parte demandada a concluir con el demandante el contrato de compraventa d.....