Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la apelación de fecha 26/06/2014, inserta al folio 343 de la pieza 1, ejercida por la abogada ANGELICA MARIA SOSA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 139.566, con el carácter de co-apoderada judicial de la sociedad mercantil IMPSA CARIBE C.A., suficientemente identificada ut supra, en contra del AUTO DE AUTO DE FECHA 12/06/2014, inserta del folio 330 al 334, inclusive de la pieza 1 - dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de este Circuito y Circunscripción Judicial en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoado por la sociedad mercantil CUBIERTAS Y SUMINISTROS KUMARA, C.A., en contra de la sociedad mercantil IMPSA CARIBE, C.A.; en consecuencia, que.....