PRIMERO: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL de la parte recurrente en el juicio que por Cobro de Bolívares, tiene interpuesto la Sociedad Mercantil Servicios y Proyectos Mag, C.A en contra de la Sociedad Mercantil Conniser 4000, C.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: Se ordena la notificación de la presente decisión, de acuerdo a los artículos 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense boletas.
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.bolívar.gob.ve, déjese copia certificada de esta decisión, notifíquese y en su oportunidad correspondiente remítase el expediente al tribunal de origen.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en la ciudad de Puerto Ordaz, a los ________________ ( ) días del mes de julio del año dos mi.....