En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, de Tránsito y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Hecho ejercido por el abogado José Antonio Hernández Osorio, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Leobaldo González, contra la decisión dictada en fecha 11/2/2020 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en la demanda de COBRO DE BOLIVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, interpuesta por el ciudadano JOSÉ LUIS SAUD LEAÑO, en contra de la sociedad mercantil AEROCOPTER, C.A.
SEGUNDO: Queda así CONFIRMADO el auto recurrido fechado 11/2/2020, dictado por el a quo, según los razonamientos aquí expuestos.
TERCERO: .....