Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por el abogado en ejercicio CLAUDIO MARCANO, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, en contra de la sentencia de fecha 01 de Octubre de 2.012, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria que antecede, se CONFIRMA la Sentencia Recurrida en toda y cada una de sus partes.