DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Este Tribunal precalifica la conducta desplegada por el ciudadano ELVIS RAMON LUCES CARPIO, plenamente identificado al inicio del auto, por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley sobre La Violencia Contra La Mujer y la Familia. SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA DETENCIÓN, al imputado ELVIS RAMON LUCES CARPIO, conforme a lo establecido en el artículo 256, numerales 3 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, presentación periódica cada 15 días por ante la Fiscalía Sexta del Ministerio Público y prohibición expresa de acercarse a la víctima.-
TERCERO: Se dec.....