DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Apelación interpuesta por el abogado CARLOS LUIS SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 20.684, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada recurrente contra sentencia interlocutoria dictada en fecha 30 de Junio del 203, por el Tribunal de Primera Instancia del Trabajo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión recurrida.
TERCERO: Se ordena continuar la presente causa.
CUARTO: NO hay condenatoria en Costas dada la naturaleza del fallo.-
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada de esta decisión y remítase el expediente al Tribunal de la cau.....