Se declaró CON LUGAR la Inhibición planteada en fecha primero (1) de julio del año dos mil quince (2015), por la Abogada ARLINYS DEL VALLE MEDRANO RODRIGUEZ, en su condición de Jueza del Juzgado Quinto (5to) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.