Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la ciudadana MILVIA AGUILAR, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra la decisión de fecha 01 de Agosto de 2011 por el Juzgado Tercero (3º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.
SEGUNDO: Se REVOCA, la sentencia recurrida.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano MANUEL VELIZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.288.160, en contra de la empresa VIGILANCIA Y PROTECCIÒN MOR-MAR, C.A.
CUARTO: No hay Condenatoria en Costas dada la naturaleza del fallo.
Se ordena l.....