Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso de Apelación, interpuesto por el profesional del derecho, ciudadano GUILLERMO PEÑA, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte beneficiaria del acto administrativo impugnado, en contra de la decisión dictada en fecha dieciséis (16) de julio del año dos mil catorce (2014), por el Tribunal Quinto (5º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.