Como corolario a todo lo anteriormente analizado, este Tribunal Superior considera que la sentencia dictada por la Jueza de Primera Instancia de Juicio no se ajustó en la forma y en el fondo de la cuestión controvertida conforme a los vicios delatados en la demanda incoada; y por la tanto debe ser REVOCADA, resultando forzoso para quien decide declarar CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho, ciudadana MARITZA SIVERIO, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano REINALDO UBERTH JIMENEZ OTERO, en contra de la decisión de fecha veintinueve (29) de febrero de dos mil dieciséis (2016), dictada por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz; declarándose CON LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, incoado contra la Providencia Administrativa Nº 2014-00437, de fecha treinta (30) de julio del año dos mil catorce (2014), ema.....