SIN LUGAR la Apelación interpuesta por el profesional del derecho, ciudadano SIMON BLANCO, en su condición de Apoderado Judicial de la parte demandante recurrente, en contra de la decisión dictada en fecha veinte (20) de febrero del año dos mil catorce (2014), por el Tribunal Sexto (6to) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.