este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: que NO PROCEDE la consulta respecto de la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar en fecha 06/02/2018. SEGUNDO: se REVOCA el auto emitido el 08 de abril de 2019 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, mediante el cual ordenó remitir en consulta a esta Alzada la presente causa. En consecuencia queda FIRME la decisión que declaró SIN LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por el ciudadano LUIS RAFAEL OSORIO, contra el acto administrativo Nº 2016-00281, dictado en fecha 07 de noviembre de 2016, por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CIUDAD BOLIVAR.