En razón a las consideraciones antes señaladas este TRIBUNAL PRIMERO (1º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO efectuado por el ciudadano RICKY ESPAÑA, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 145.580, en su carácter de coapoderado judicial de la ciudadana: MARIBEL DEL VALLE FERLA MARTÍNEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.883.004 contra el ciudadano FRANK ANTONIO ABOLIO GENER por Cobro de prestaciones Sociales, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 Y 265 del Código de Procedimiento Civil, el cual se aplica por disposición expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dándose por terminado el presente procedimiento y concluido el proceso.