En razón de lo anterior y como quiera que desde el día 13/10/2017 hasta el día de hoy 15/01/2020, la parte recurrente no dio impulso a la presente causa, es por lo que se debe declarar la Perdida del Interés Procesal y en consecuencia extinguida la instancia procediendo la perención por Inactividad de la parte Recurrente.
Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA POR INACTIVIDAD en el juicio por Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, incoado por el ciudadano DANNY JESUS RODRIGUEZ, contra el Acto Administrativo de efectos particulares contenida en la Providencia Administrativa Nº 06-00001, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Ciudad Bolívar- Estado Bolívar, mediante la cual declara CON LUGAR.....