Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesta por el ciudadano OMAR DE JESUS LUGO MALPICA, en contra de la empresa EXPRESOS DEL MAR C.A. y solidariamente a la empresa SERVIENCOMAR C.A., ambas partes identificadas en autos, por lo que se condena a la demandada al pago de Bs.F 149.286,12, discriminados de la siguiente manera:
1º) La suma de Bs.F 389,97, por Bono Vacacional Fraccionado.
2°) La suma de Bs.F 1.099,80, por Utilidades 2007-2008.
3°) La suma de Bs.F 123.843,85, por Bonificación Nocturna.
4º) La suma de Bs.F 23.952,50, por concepto de pago de Cesta
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