Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO (1º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la empresa PROAGRO, C.A, en contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 2010-00058, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CIUDAD BOLÍVAR, FECHA 18 de MARZO DE 2010. SEGUNDO: Se RATIFICAN los Efectos de la Providencia Administrativa Nº 2010-00058, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CIUDAD BOLÍVAR, FECHA 18 de MARZO DE 2010 en la cual se declaró CON LUGAR la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoada por los ciudadanos: JOSE ANGEL CORODVA FIGUEROA, NOEL DAVID HURTADO SALAZAR, RUBEN DARIO SOSA MARIN, JOSE LUIS CRUZ MARIN y JOSE GREGORIO BARRETO. TERCERO: Se ordena oficiar a la Procuraduría General de la República del presente fallo de conformidad co.....