Las partes solicitan a la ciudadana Juez proceda a homologar dándole carácter de Cosa Juzgada, ordenándose el cierre y archivo del Expediente, una vez conste el pago, Es Todo. Este Juzgado primero (1º) de Primera instancia de Juicio del trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela, visto que la presente conciliación cumple con los requisitos establecidos en el artículo 19 y 11 del reglamento de la Ley Orgánica del trabajo, Trabajadores y Trabajadoras, HOMOLOGA el presente convenio y se le otorga carácter de cosa Juzgada. Así mismo de conformidad con lo solicitado por los interesados procederá una vez conste el pago realizado por la cantidad de Bs. 39.130,43 se ordenará el cierre, archivo del Expediente y su respectiva homologación. Es todo, terminó, se leyó y estando conformes pasan a firmar: siendo las Diez y Veinte minutos de la mañana (10:20 a.m.)