Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR LA DEMANDA por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesta por los ciudadanos: HENRY REYNA, RAÚL PÉREZ, RAMÓN AMARISTA, HÉCTOR MARTÍNEZ, ALI FLORES, MIGUEL BELLIZIA, JOSÉ BOGARÍN, DAVID FLORES, PEDRO ROMERO, ANGEL JESUS GAMEZ, PAÚL LIZARDI, JOSÉ EVOLIS, NELSON MARTÍNEZ, JUAN ROMERO y ELIBERTO FLORES, en contra de la empresa CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO REYMA, C.A., y PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por los ciudadanos: JORGE RIVAS, PEDRO BARRIO, VÍCTOR NUÑEZ y JOSÉ ANGEL GAMEZ, en contra de la mencionada empresa, ambas partes identificadas en autos, por lo que se condena a la demandada al pago de Bs. 1.012.962,06, o su equivalente en Bs.F 1.012,96, discriminados de la siguiente manera:
1°) La su.....