Adecuando lo anterior al caso de marras, tenemos: ambas causas se encuentran en la Fase de Juicio por ante el mismo Despacho, en ambas causas el objeto de la pretensión es el Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos contra un mismo patrono. Empero, en relación al requisito referido al lapso de promoción de pruebas, debe indicarse, en ambas causas se encuentra materializado dicho acto procesal cuya etapa actual se corresponde a la celebración de la Audiencia oral de juicio, fijada para el ASUNTO FP02-L-2010-00044 el día 02-04-14 a las 10:00 a.m. y el ASUNTO FP02-L-2011-000141 para el 01-04-14 11:00 a.m., situación que hace improcedente lo solicitado, ello a tenor de lo contenido en el ordinal 4 del artículo 80 del Código de Procedimiento Civil aplicado por remisión analógica del artículo 11 de la Ley Adjetiva Laboral. Así se establece.