IMPROCEDENTE la medida preventiva de embargo sobre bienes muebles e inmuebles y cantidades liquidas pertenecientes a las empresas demandadas: COMPLEJO TURÍSTICO LA SAPOARA, C.A. (HOTEL RIO ORINOCO) Y DESARROLLOS SUR ORIENTE, C.A.; solicitada por la representación judicial del actor, de conformidad con el artículo 137 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil.