Se ordena abrir una articulación probatoria por ocho días de conformidad a lo establecido en el articulo 607 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en tal sentido se ordena oficiar a la UNIDAD DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS CIVILES "URDD"