Como corolario de lo anterior y en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer del presente asunto, en razón del Territorio contentivo de la acción, intentada por el ciudadano MIGUEL SERRANO, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº 3.343.565 debidamente representado por el ciudadano AUGUSTO AZAHUANCHE MAURTUA Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 91.888 contra la Sociedad Mercantil CONSORCIO OIV TOCOMA, C.A, por COBRO DE INDEMINIZACION POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL; todo ello de conformidad con lo establecido en el Ar.....