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Decisiones del dia 18/05/2015

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Puerto Ordaz
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : FP11-L-2014-000431 N° Sentencia : PJ0012015000027 Fecha: 18/05/2015
Procedimiento:
Desistimiento
Partes:
FRANK ABANERO, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO.- 17.749784 CONTRA C & C CONTINENTAL .
Resumen:
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 253 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; declara: Que HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del procedimiento de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACIÓN LABORAL presentado por el Ciudadano FRANK ABANERO, ya identificado en autos contra la demandada solidaria Sociedad Mercantil C & C CONTINENTAL.; en consecuencia de lo anterior, se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que la presente causa continua activa y en fase de sustanciación, en lo que respecta a la restante accionada de autos, es decir a la empresa ORION TRANSPORTE Y SERVICIOS C.A. ASÍ SE DECIDE. Asimi.....
Juez/Ponente:
Jean Franco Di Bacco
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Puerto Ordaz
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N° Expediente : FP11-L-2012-000348 N° Sentencia : PJ0012015000028 Fecha: 18/05/2015
Procedimiento:
Perención
Partes:
EDMUNDO GERTRUDIS PACHECO Y OTROS CONTRA CVG FERROMINERA DEL ORINOCO.
Resumen:
De los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca se requiere de la inactividad de las partes en el transcurso de un (1) año, esta inactividad esta referida a la realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actividad negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar los actos de procedimiento no los realizan. La Jurisprudencia Nacional ha sostenido que la Perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de que la inactividad de estas entraña una renuncia a continuar la Instancia. El fundamento de la Perención de la Instancia reside en dos distintos motivos: De un lado, la presunta intención de las partes de abandonar el proceso, que se muestra en la omisión de todo acto de impulso (elemento subjetivo), ya que el interés procesal esta llamado a operar como estimulo permanente del proceso. Si bien la demanda es ocasión propicia para activar la función jurisdiccional, no se puede tolerar la .....
Juez/Ponente:
Jean Franco Di Bacco
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Puerto Ordaz
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