En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 253 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; declara: Que HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del procedimiento de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACIÓN LABORAL presentado por el Ciudadano FRANK ABANERO, ya identificado en autos contra la demandada solidaria Sociedad Mercantil C & C CONTINENTAL.; en consecuencia de lo anterior, se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que la presente causa continua activa y en fase de sustanciación, en lo que respecta a la restante accionada de autos, es decir a la empresa ORION TRANSPORTE Y SERVICIOS C.A. ASÍ SE DECIDE.
Asimi.....