: "Una vez revisado el planteamiento de la parte demandada, conforme a las facultades conferidas en instrumento poder cursante en autos, acepto de manera libre y voluntaria, la cantidad ofertada, con ocasión a los conceptos demandados. Es todo". En tal sentido, se deja expresa constancia que la ciudadana NANCY KARLA VILLALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 25.933.413 recibe en este acto el cheque anteriormente descrito. En merito a lo antes expuesto, este Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, en virtud de que los acuerdos alcanzados por las partes no son contrarios a derecho y se adaptan a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia, en el entendido de que dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de la controversia a que se refiere el p.....