En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la pretensión de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por el ciudadano YORDY ESTABA, titular de la cédula de identidad Nº 14.725.745, en contra de la entidad de trabajo GUAYANA HANDLING, C.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.