Por todo lo precedentemente establecido, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA en la acción de nulidad propuesta por la sociedad mercantil HIDROBOLIVAR, C.A., contra en contra de LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 2009-255, de fecha 09 de julio de 2009, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO ALFREDO MANEIRO DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLIVAR, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos al ciudadano ALEXANDER SIRIT, venezolano y titular de la cédula de identidad Nº 13.830.371.