este Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara en este mismo acto:
PRIMERO: LA CONFESIÓN DE LOS HECHOS alegados por la parte actora en su escrito libelar.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentara la parte actora en contra de la empresa ORGANIZACIÓN DE SEGURIDAD Y PROTECCION VIP. SEP. MEP, y en consecuencia se ordena el pago de la cantidad de SEIS MILLONES CIENTO DIEZ MIL CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES CON CINCUENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 6.110.058,53), más los intereses sobre prestaciones sociales, ordenándose la realización de una experticia complementaria del fallo a los fines de calcularlos, considerando para ello la tasa de interés fijada por el Banco Central de Venezuela, así mismo los intereses moratorios y la corrección e indexación monetaria.
TERCERO: De conformidad con el artículo 59 de l.....