Se publicó sentencia interlocutoria, mediante la cual se declara: Que es INCOMPETENTE por el territorio para el conocimiento de la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ ORLANDO HERRERA LÓPEZ contra el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA ANDINOS, C.A. (SINTRANDINOS) y la sociedad mercantil ANDINOS, C.A. (GRUPO MASISA); y DECLINA la competencia en el Tribunal de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar.