Se dicto y publico sentencia definitivamediante la cual IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo interpuesta por el abogado GUILLERMO LOPEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 163.937 y de este domicilio en su condición de representante de los ciudadanos RAMON ANTONIO LOPEZ VALDEZ, EUDIS COROMOTO LEZAMA DE LOPEZ, ANGEL RAMON LOPEZ LEZAMA, ROSANYELI SOILY VEDILEI VASQUEZ Y RAMON ANTONIO LOPEZ LEZAMA.-