PRIMERO: REVOCA la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGRICOLA Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE, dictada el 14 de diciembre del año 2021, que ordenó a los ciudadanos Miraida Gómez, Luz Marina González, Jandry Gómez, Manuel Eolilio Gómez, que consistían en: 1) el cesen de las amenazas y/o actos de perturbación, en contra de los ciudadanos Manuel Guillen, Alcides Guillen, Miguel Guillen, Emilio Guillen y Euclides Guillen en el predio Charco Azul I y Charco Azul II; 2) en la abstención de realizar actos que suponga perturbación de la posesión u obstaculización para el desarrollo agrícola y pecuario que efectúa los solicitantes antes identificados de la medida, así como, de cualquier persona que lo acompañan en el desarrollo productivo del predio Charco Azul I y Charco Azul II.
SEGUNDO: Se ORDENA oficiar: 1) a la Oficina Regional del Instituto Nacional de Tierras del Estado Bolívar (INTI); 2) Director del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras del.....