En mérito de las consideraciones anteriores, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CONSTITUCIONAL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, MARÍTIMO Y AERONÁUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en concordancia con la jurisprudencia vinculante emanada del Tribunal Supremo de Justicia, y el Ordinal 4º del Articulo 6 de Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, DECLARA: INADMISIBLE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL presentada por el abogado en ejercicio JESUS PEREZ RONDON, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.540.357, inscrito en el IPSA bajo el Nº 181.993, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano IVAN ANTONIO CEDEÑO ALVAREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.933.272; en contra de los ciudadanos LUZ AURORA POZO FERNANDEZ, Peruana, mayor de edad, titular del Pasaporte Nº 2.545.942 y FRANCISCO POZO, Venezolano, mayor de edad, titular de la C.....