Por todas las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, MARITIMO Y AERONAUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la DEMANDA DE DIVORCIO incoada por el ciudadano: JOSÉ RAFAEL RODRIGUEZ GONZALEZ, en contra de la ciudadana: MAGALI HERRERA, suficientemente identificados en el Capítulo I del presente fallo, y en consecuencia de ello, SE DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, celebrado entre los prenombrados ciudadanos por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Caroní del Estado Bolívar, bajo el Nro. 128, Libro Nº 1, del año 2.017,y así se decide expresamente.-
Liquídese la comunidad conyugal conforme a la Ley por procedimiento Autónomo.-
Todo ello de conformidad con los artículos 26, 49 ordinal 1ro, 253, 257 y 334 de la Consti.....