Este Tribunal en fuerza de las consideraciones expuesta, y Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud presentada y, en consecuencia, DISUELTO POR DIVORCIO el matrimonio contraído por los ciudadanos: BEATRIZ YULY LEVEL RUIZ y JUAN CARLOS ROJAS MEDINA, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Heres del Estado Bolívar, en fecha 09 de octubre del año 1.998, conforme consta de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 378, Tomo II, Libro II, de matrimonios llevados por ese despacho en el año 1.998,en consecuencia;
La mujer no podrá usar en lo adelante el apellido del que fue su cónyuge y ambos quedan libres para contraer nuevas nupcias previo el cumplimiento de la normativa legal que regula la materia.-
Liquídese la sociedad conyugal.-
Publíquese y Regístrese.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Ciudad Bolívar, al primero del mes de Noviembre del dos mil doce.- A.....