este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARACON LUGAR, la demanda por Cobro de Bolívares Vía Intimación , interpuesta por la ciudadana LENZOMARA RANGEL venezolana, mayor de edad, de este domicilio, con cedula de identidad V-13.920.691, contra el ciudadano RENÉ ANTONIO ITRIAGO DÍAZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, con cedula de identidad V-4.888.624, y consecuencialmente se condena al demandado en los siguientes conceptos:
PRIMERO: Se condena al demandado a pagar por los siguientes conceptos de: 1) la suma de de Noventa y Cuatro Mil Quinientos Bolívares (Bs. 94.500,00) correspondiente al monto de la suma demandada la cual se desprende del efecto cambiario (cheque).
SEGUNDO: La suma de OCHOCIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 825,oo) correspondiente al pago del protesto por ante .....